La Comisión del Diálogo Civil es el órgano colegiado cuya finalidad es la de dotar de un marco institucional a la colaboración y al diálogo entre la Administración autonómica y la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
Esta Comisión tiene una representación paritaria entre la Administración autonómica y la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha y una participación equilibrada de mujeres y hombres.
Está adscrita a la Consejería de Bienestar Social.
El Decreto 81/2020, regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha.
Composición y funcionamiento de la Comisión del Diálogo Civil
La Comisión está integrada por la presidencia, dos vicepresidencias, las vocalías y la secretaría.
Serán miembros del Pleno:
Funciones:
Corresponden a la Comisión las siguientes funciones:
a) Ser informada sobre aquellos proyectos normativos o iniciativas de contenido social promovidos por la Administración autonómica, que afecten directamente a las personas o a los grupos que sufren condiciones de vulnerabilidad, dependencia, discapacidad, desprotección o se encuentran en riesgo o en situación de exclusión social y/o pobreza.
b) Participar en el diseño, elaboración, seguimiento y evaluación de la Estrategia de promoción del tercer sector social.
c) Conocer y debatir las iniciativas propias de la Mesa del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha, en relación a programas y planes, que vinculen a la misma con la Administración autonómica.
d) Debatir y plantear iniciativas conjuntas de coordinación, planificación y búsqueda de soluciones a los problemas derivados del objetivo propio de la Comisión, en particular de lucha contra la pobreza y la exclusión social y a favor de la inclusión y la cohesión social en la región.
e) Impulsar la elaboración de un código ético para las entidades del tercer sector social de la región.
f) Promover medidas que faciliten una adecuada organización y estructuración de las entidades del tercer sector social para una mejora en la prestación de servicios que redunden en beneficio de la sociedad civil.
g) Promover investigaciones y estudios sobre el tercer sector en el ámbito del Observatorio de Servicios Sociales y Dependencia.
h) Conocer el informe anual de la actividad del tercer sector social con anterioridad a su publicación.
i) Formular declaraciones conjuntas para los asuntos que, a juicio de la Comisión, deban tener una amplia difusión social.
j) Aprobar la constitución de comisiones técnicas, designar a las personas que vayan a formar parte de las mismas y conocer y aprobar, en su caso, las propuestas que elaboren.
k) Aprobar, en su caso, el reglamento de régimen interno.
Adopción de acuerdos:
Los acuerdos de la Comisión, se adoptarán por mayoría de votos, dirimiendo los empates, si los hubiere, la persona titular de la presidencia con su voto de calidad.