DG de Planificacion, Ordenación e Inspección Sanitaria y Farmacia

Consulta pública previa sobre la modificación de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.

Se pretende modificar la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha para actualizar y mejorar algunos aspectos que se regulan en esta ley.
 
a) Antecedentes de la norma
 
Estatal:
 
La Ley 14/1986, de 25 de abril, de General de Sanidad.
 
Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia.
 
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
 
Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
 
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
 
Autonómica:
 
Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha, en la versión dada tras la publicación de la Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
 
b) Necesidades o áreas de mejora que se pretenden solucionar con esta iniciativa:
 
Se pretende adaptar la ley a las modificaciones incluidas a lo largo de estos años en la normativa de ámbito estatal y mejorar la asistencia farmacéutica a la población. Asimismo se pretende modificar algunos aspectos concretos relacionados con:
 
- Asistencia farmacéutica en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha mediante servicios de farmacia y depósitos de medicamentos dependientes de ellos, a petición de Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
 
- Incluir entre las ausencias justificadas relacionadas con la profesión el ejercicio como profesor asociado de la universidad, a petición del Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos y de la Universidad de Castilla-La Mancha.
 
- Eliminar el vacío legal, creado tras la publicación de la Ley 2/2015, de 19 de febrero, por la supresión del nombramiento de regente por parte de la Administración sanitaria en las causas de caducidad.
 
- Actualización del régimen sancionador.
 
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
 
Es necesario modificar la ley para adaptarla a la normativa estatal y actualizar la regulación de algunos aspectos de la misma, con el fin de mejorar la asistencia farmacéutica en nuestra Comunidad.
 
d) Los objetivos de la norma.
 
El objetivo de la modificación de la ley es mejorar la asistencia farmacéutica en Castilla-La Mancha, mediante una adecuada regulación de la planificación y ordenación farmacéutica, y dar solución a los problemas detectados a lo largo de estos años y a las solicitudes de modificación relacionados con esta ley.
 
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
1º La no modificación de la Ley 5/2005, de 27 de junio, aplicando directamente la normativa estatal, impediría incluir mejoras en la ordenación farmacéutica a nivel de nuestra Comunidad.
 
2º La elaboración de una nueva ley y derogación de la vigente no sería necesaria, ya que se pretende modificar aspectos muy concretos, por lo que la mayor parte del articulado no se encuentra afectado.
 
3º La modificación de la Ley 5/2005, de 27 de junio, es la opción elegida, porque es la que resuelve adecuadamente todas las necesidades; es decir, adapta la normativa autonómica a la estatal y permite modificar los aspectos puntuales solicitados para la mejora del servicio farmacéutico.
 
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se formula consulta a la ciudadanía, previa a la elaboración del proyecto de ley, para que los ciudadanos y organizaciones puedan aportar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento.
 
Los interesados pueden enviar sus propuestas a la Dirección General de Planificación Ordenación e Inspección Sanitaria, a través del correo electrónico cs.ordenacion@jccm.es y en cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Las aportaciones se podrán realizar a partir del día 22-01-2020, fecha en que se publica en la web, hasta el 14-02-2020.

 

Enlace permanente: 
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