Decreto 23/2019,por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes
En aplicación de la habilitación contenida en la disposición final segunda de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, el presente decreto determina las características de los locales, urnas, cabinas y modelos de papeletas de votación, sobres y demás documentación electoral a utilizar en las Elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.
Mediante el Decreto 15/2011, de 29 de marzo, se regularon de manera unificada los elementos materiales de utilización específica en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.
El presente decreto continúa con la aplicación de criterios de racionalización en el diseño de los distintos modelos de sobres e impresos, de modo que el material sobrante pueda ser utilizado en posteriores procesos, e incorpora otras adaptaciones convenientes, como la determinación de la utilización de papeletas según la distribución de diputados por provincia conforme a las reglas establecidas por el artículo 16 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre.