Capacitación profesional de consejeros de seguridad
A través de la Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de junio de 1996, relativa a la designación y a la cualificación profesional de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, los Estados Miembros, concienciados con el aumento de transporte de mercancías peligrosas y la necesidad de establecer medidas que potenciaran la seguridad de éstos, acordaron la creación de la figura de un experto en el ámbito del transporte de estas materias.
La trasposición de esta Directiva al ámbito nacional se materializó mediante el Real Decreto 1566/1999, posteriormente modificado por el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, que regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español, y la ORDEN/FOM/605, de 27 de febrero del Ministerio de Fomento (BOE del 09.03.04) que desarrolla los exámenes para acceder a dicha Titulación.
Existen cinco especialidades diferentes de Consejero de Seguridad para el transporte por carretera:
- Clase 1: Explosivos
- Clase 2: Gases
- Clase 7: Radiactivos
- Productos petrolíferos: UN 1202 - gasóleo, UN 1203 - gasolina, UN 1223 - queroseno, UN 3475 - mezcla de etanol y gasolina o mezcla de etanol y combustible para motores, y el combustible de aviación clasificado en los Nº UN 1268 o UN 1863
- Resto de las materias incluidas en las clases: 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9.
El texto de esta Directiva fue asumido por el ADR/RID en su versión correspondiente al año 2001.
Aquí puedes consultar toda la información sobre las convocatorias de examen de cada año.
Más información en la página del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
INFORMES ANUALES DE CONSEJEROS DE SEGURIDAD VÍA ELECTRÓNICA
Los consejeros de seguridad están obligados a redactar un informe anual sobre las actividades de transporte de mercancías peligrosas de la empresa a que están adscritos. El contenido mínimo de dicho informe se establece en la Orden FOM/606/2018, de 25 de mayo, sobre el contenido del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera. (BOE de 6 de junio de 2018).
Desde el día 2 de enero de 2019, ese informe solamente se puede presentar telemáticamente, utilizando la aplicación informática específicamente desarrollada para ello. Es necesario disponer de certificado electrónico emitido a nombre de la empresa o del consejero de seguridad que presente el informe. Se accede a la aplicación informática a través del siguiente enlace: https://sede.mitma.gob.es/ics/#no-back-button.
El plazo de presentación de los informes es del 1 de enero al 31 de marzo, del año posterior al del informe.
EXÁMENES CAPACITACIÓN PROFESIONAL DE CONSEJEROS DE SEGURIDAD
Los exámenes son convocados en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las pruebas a superar serán dos:
- Prueba test: Consistirá en contestar 50 preguntas tipo test. Cada pregunta contará con cuatro respuestas alternativas, de las cuales únicamente una respuesta será correcta. Las preguntas contestadas erróneamente, no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
- Prueba práctica: Uno o varios supuestos prácticos relativos al modo de transporte y especialidad escogida.
Para aprobar el examen será necesario obtener una puntuación no inferior a 50 en cada una de las dos partes o, en el caso de renovación de certificado, en la primera parte.
Más información en la página del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Normativa y Test y Casos Prácticos).