DG de Autónomos, Trabajo y Economía Social

Aviso Previo

La entrada en vigor, el 24 de marzo de 2010, del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica, entre otros, el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, deroga la obligación del promotor de efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de los trabajos.
Las referencias que en el ordenamiento jurídico se realicen al aviso previo en las obras de construcción deberán entenderse realizadas a la comunicación de apertura.

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