DG de Empresas

ANTEPROYECTO DE LEY DE CAMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN ANTEPROYECTO DE LEY REFERIDO A LA REGULACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS DE CASTILLA LA MANCHA
 
 
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,  con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
 

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

 

  1. La necesidad y oportunidad de su aprobación.

 

  1.  Los objetivos de la norma.

 

  1.  Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 
En cumplimiento de lo anterior, y para la elaboración del Anteproyecto de Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla la Mancha, se plantean diversas cuestiones contenidas en el documento adjunto.
 
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento en el plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha http://www.castillalamancha.es/gobierno/economiaempresasyempleo/actuaciones, siendo el último día del plazo el 1 de diciembre de 2016, a través del siguiente buzón de correo electrónico: consulta.anteproyectoleycamaras@jccm.es
 

 
 
 

Antecedentes de la norma

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye en su artículo 32.5 a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales, en el marco de la legislación básica del Estado y en los términos que la misma establezca. En su virtud, se aprobó la Ley 4/2009, de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha, con la finalidad de completar el marco normativo básico en el que se habían desenvuelto hasta la fecha las cámaras oficiales de comercio e industria, y con el objetivo de dar estabilidad a su actuación y permitir un adecuado cauce de relación y tutela con la Administración autonómica.

Problemas que se prevén solucionar con la nueva norma

Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha constituyen un eficaz instrumento de colaboración con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha además de un importante apoyo a los sectores económicos de la Comunidad Autónoma.
 
Actualmente, el papel de las Cámaras es necesario para la modernización y la competitividad de las empresas en campos como la implantación de nuevas tecnologías, la formación permanente en las empresas, la promoción, el apoyo logístico, el fomento y la proyección exterior y la creación de nuevas empresas, entre otros aspectos que influyen en la actividad empresarial.
 
Como consecuencia de la evolución económica y legislativa experimentada en los últimos años, la Administración General del Estado aprobó la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, como legislación básica dirigida a  racionalizar, en el actual contexto económico y jurídico en el que nos encontramos, las estructuras y funcionamiento de las Cámaras previstas anteriormente en la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

Necesidad y oportunidad de su tramitación

La Ley 4/2014, que tiene como objetivo una redefinición de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, introduce numerosas reformas con el fin prioritario de poner en marcha medidas eficientes de fortalecimiento e impulso del sector empresarial, abogando por un modelo de Cámaras dirigido a resultados, todo ello con el fin de reforzar su eficiencia en el desarrollo de las funciones que se les atribuyen.
 
En cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, según la cual, las Comunidades Autónomas deberán adaptar el contenido de su normativa en esta materia a lo dispuesto en la misma, y con la finalidad de adecuar esta norma a la realidad de Castilla-La Mancha, la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, entiende imprescindible la elaboración de una norma en materia de Cámaras de Comercio, Industria y Servicios.

Objetivos de la norma

Se consideran como objetivos a conseguir con la elaboración de Anteproyecto de Ley:
 
•          Definir la organización territorial y de los órganos de gobierno de las Cámaras.
 
•          Aumentar las obligaciones de transparencia en su actuación financiera además de fomentar la elaboración de Códigos de buenas prácticas que garanticen la imparcialidad y transparencia en la realización de las funciones público administrativas de las Cámaras.
 
•          Mejorar y reforzar el sistema cameral en nuestra comunidad autónoma, al tiempo que permitir su continuidad estableciendo un nuevo régimen de competencias de acuerdo con lo previsto en la normativa estatal.
 
•          Fijar la adscripción universal de todas las empresas de su ámbito territorial a las Cámaras sin obligación económica de ningún tipo.
 
•          Incentivar la aportación de contribuciones voluntarias por las empresas de su ámbito territorial
 
•          Diferenciar actividades de carácter privado que las Cámaras que podrían llevar a cabo en régimen de libre competencia de las funciones público administrativas.
 
•          Limitar los mandatos en los órganos de gobierno y representación de las Cámaras.
 
•          Desarrollar las funciones del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios  de Castilla La Mancha
 
•          Dotar de mayor representatividad  en el Consejo Regional de Cámaras a cada una de las Cámaras provinciales

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias

La solución adoptada por la mayoría de las Comunidades Autónomas para dar cumplimiento a lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley Básica de Cámaras de Comercio (Ley 4/2014), según la cual, las Comunidades Autónomas deberán adaptar el contenido de su normativa en esta materia a lo dispuesto en la Ley Básica, ha sido elaborar un Anteproyecto de Ley completamente nuevo derogando la legislación anterior. Sólo alguna Comunidad Autónoma ha optado por introducir modificaciones en las Leyes ya existentes, a través de las Leyes de Presupuestos autonómicas.
A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta los objetivos ambiciosos que se pretenden, así como para garantizar una mayor seguridad  y trasparencia para los operadores jurídicos, lo más conveniente sería la elaboración de un nuevo texto que sustituyera al anterior (Ley 4/2009 de 15 de octubre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Castilla-La Mancha).

 

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