DG de Transición Energética

CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

Inicialmente, la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios, estableció exigencias relativas a la certificación energética de edificios que se transpusieron por Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Posteriormente, fue modificada mediante la Directiva 2010/31/UE, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, transpuesta parcialmente por Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.
 
El Real Decreto 235/2013, estableció la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
 
En Castilla- La Mancha se desarrolló el Real Decreto 235/2013, de 15 de abril, mediante el Decreto 29/2014, de 08/05/2014, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y la Orden de 20/05/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se regula el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha y el procedimiento de inscripción en el mismo.
 
La aprobación de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, precisaba la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las modificaciones que incorporaban en lo relativo a la certificación energética de edificios, lo que se hizo a través del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que incorporó a su vez algunas modificaciones para la mejora del procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios como resultado de la experiencia acumulada en la implementación del Real Decreto 235/2013, entre otras, la actualización del contenido de la certificación de eficiencia energética, el incremento de la calidad de la misma y el establecimiento de la obligación para las empresas inmobiliarias de mostrar el certificado de eficiencia energética de los inmuebles que alquilen o vendan.
 
Obligación de certificación y registro:
El promotor o propietario del edificio o de parte del mismo, ya sea de nueva construcción o existente, será el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio, o de su parte, en los casos que venga obligado por el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio. También será responsable de conservar la correspondiente documentación. La obligación de obtener un certificado de eficiencia energética no aplicará en caso de disponer ya de un certificado en vigor.
 
También es responsable de la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética conforme a las condiciones que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma. El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética o de parámetros utilizados en el procedimiento de cálculo de la calificación de la eficiencia energética del edificio.
 
También es responsable de solicitar la inscripción del certificado en el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha, disponiendo para ello de un plazo de 1 mes desde la fecha de expedición del mismo.
 
Con la inscripción del certificado de eficiencia energética en el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha, se obtiene la etiqueta energética.
 
Información sobre los trámites de inscripción en el Registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios de Castilla-La Mancha:
En el apartado “Trámites relacionados” se puede obtener información sobre los distintos trámites de inscripción en el Registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios de Castilla-La Mancha. A través de cada enlace se puede obtener información, entre otros aspectos, sobre los requisitos, las tasas, la documentación a aportar, y acceder a la tramitación online o presencial y a los modelos de solicitud descargables y otros modelos de utilidad.
 
Información contenida en el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha:
El artículo 11 del Decreto 29/2014, de 08/05/2014, por el que se regulan las actuaciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se crea el Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla-La Mancha, establece que la Dirección General competente en materia de energía pondrá a disposición del público, en el portal corporativo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, un servicio de consulta de los datos de mayor interés que se contengan en el Registro. Por medio de este ENLACE (https://e-empleo.jccm.es/solicita/BuscarRegCertificados.do?metodo=irPestaniaEDIFICIOS_PROYECTOS) puede consultar dichos datos de los certificados inscritos en el Registro y descargarse la etiqueta de eficiencia energética de los mismos.
 
Asimismo, en el mismo artículo se establece que con el fin de disponer de información sobre los profesionales y empresas que ofrecen servicios de certificación energética de edificios en esta Comunidad Autónoma y poderla poner a disposición del público, los técnicos y empresas interesados podrán solicitar de forma voluntaria su inscripción en la sección específica del Registro autonómico de certificados de eficiencia energética de edificios de Castilla-La Mancha. Pinchando en este ENLACE (https://e-empleo.jccm.es/solicita/BuscarRegTecEmpCertificadoras.do?metodo=irPestaniaEMPRESAS_TECNICOS) puede obtener información a este respecto.
 
Si tiene problemas para encontrar la información indicada puede consultar el documento “Instrucciones a acceso a certificados registrados y técnicos y empresas ofrecen servicios certificación” que se encuentra en el apartado de “Descargas”.

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Alipio García Rodríguez
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PREGUNTAS FRECUENTES REAL DECRETO 390

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INSTRUCCIONES A ACCESO A CERTIFICADOS REGISTRADOS Y TECNICOS Y EMPRESAS QUE OFRECEN SERVICIOS CERTIFICACION

Formato pdf: 
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