DG de Mayores

Consejo de las Personas Mayores de Castilla-La Mancha

Es un órgano de carácter consultivo de la Administración autómica, adscrito a la Consejería de Bienestar Social, cuya finalidad es institucionalizar la participación y colaboración de las personas mayores en la definición, aplicación y seguimiento de la planificación y adecuación de los servicios y programas destinados a la mejor atención y promoción de su bienestar.
 
¿Cuáles son sus funciones?

a) Informar las convocatorias de subvenciones, ayudas, servicios o programas, dirigidas a asociaciones de personas mayores y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan programas dirigidos a la atención de las personas mayores.

b) Informar las disposiciones de carácter general que se dicten por la Administración autonómica en materias relacionadas con la atención de las personas mayores.

c) Promover el desarrollo y seguimiento del Plan de Atención a las Personas Mayores en Castilla-La Mancha.

d) Promover iniciativas para el desarrollo del asociacionismo, la participación y el envejecimiento activo de las personas mayores.

e) Impulsar la realización de estudios e investigaciones sobre aspectos relacionados con la situación y calidad de vida de las personas mayores.

f) Proponer a los poderes públicos las medidas que estimen oportunas con el fin de conseguir un mayor bienestar de las personas mayores.

g) Representar a las personas mayores de Castilla-La Mancha en los organismos nacionales de personas mayores de carácter no gubernamental.

h) Elaborar y modificar, si procede, el reglamento de régimen interno del Consejo.

i) Elaborar un informe- memoria anual sobre las actividades desarrolladas por el Consejo y dar periódicamente a conocer dichas actividades a las organizaciones de personas mayores.

j) En general, cuantas consultas le sean formuladas por las Consejerías e Instituciones competentes en las materias relacionadas con la atención de las personas mayores.

 
¿Quién lo compone?

  • Presidente: la persona titular de la Consejería competente en materia de atención a las personas mayores.
  • Vicepresidente Primero: la persona titular de la Dirección General competente en materia de atención a las personas mayores, que sustituirá al Presidente, en casos de vacante, ausencia o enfermedad de este.
  • Vicepresidente Segundo: un representante de las organizaciones de personas mayores, elegido por los miembros del Consejo entre los vocales de esta procedencia.
  • Vocales:

- Un representante de la Administración autonómica de cada una de las direcciones generales competentes en materia de salud pública, educación, cultura, vivienda y urbanismo.
- Dos representantes de la Administración local, designados por la Federación Española de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.
- Dos profesionales de la red de centros de día de personas mayores de la Consejería competente en materia de atención a lsa personas mayores, designados por la persona titular de la Consejería.
- Quince representantes de asociaciones o federaciones de personas mayores, constituidas y reconocidas legalmente, inscritas en el Registro de Entidades y de los centros de día de personas mayores de Castilla-La Mancha, que cuenten con un mínimo de mil asociados en las provincias de Albacete, Toledo y Ciudad Real, y de quinientos asociados en las provincias de Cuenca y Guadalajara.
- Dos vocales en representación de las organizaciones sindicales, que pertenezcan al sector de jubilados y prejubilados, nombrados a propuesta de aquellas que tengan la condición de más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

  • Secretario: un funcionario del grupo A de la Consejería competente en materia de atención a las personas mayores, nombrado por la persona titular de la Consejería y que actuará con voz pero sin voto.

 
¿Dónde se regula?

El Consejo de Personas Mayores se encuentra regulado en el Decreto 183/2010, de 6 de julio, del Consejo de Personas Mayores de Castilla- La Mancha (DOCM 9 de julio de 2010).

 

Enlace permanente: 
https://www.castillalamancha.es/node/54143
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Decreto 183/2010, de 06/07/2010, del Consejo de Personas Mayores de Castilla-la Mancha

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