DG de Acción Social

SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA

Los Servicios Sociales de Atención Primaria constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales. Son servicios de titularidad y gestión pública que se desarrollan en el ámbito del municipio.
 
La organización y gestión de los Servicios Sociales en Castilla – La Mancha se realiza por parte de la Administración Autonómica y las Corporaciones Locales.
 
Se accede a estos servicios a través del Trabajador/a Social, figura profesional que está implantada en el 100% de los municipios de la región y que se constituye en el profesional de referencia cuando la persona accede al Sistema Público de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.
 
 
CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
 
a)   Información y asesoramiento sobre las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, así como orientación sobre otros Sistemas de Protección Social hacia los que sea preciso encaminar a la persona, unidad familiar o entidad.
b)   Detección de situaciones de necesidad personales, familiares y sociales que dificulten la autonomía personal y la integración social.
c)   Valoración y diagnóstico de la situación social de la persona, familia o unidad de convivencia y del entorno comunitario.
d)   Prescripción de la intervención más adecuada, que deberá haber sido consensuada con la persona, su familia o unidad de convivencia, para dar respuesta a la situación de necesidad.
e)   Elaboración, seguimiento y evaluación del Plan de Atención Social individual o familiar.
f)    Intervención interdisciplinar con el objeto de mejorar la situación social de la persona o unidad familiar y dar respuesta a la situación de necesidad.
g)   Derivación a la atención especializada, cuando la situación social de la persona o unidad familiar lo requiera.
h)   Organización, gestión, coordinación y evaluación de las prestaciones de la atención primaria, en el marco de la normativa que lo regule.
i)    Acompañamiento, mediación y seguimiento en todo el proceso de intervención a seguir tanto en el Sistema Público de Servicios Sociales, como en otros Sistemas de Protección Social, asegurando una atención continuada e integral a través del profesional de referencia.
j)    Coordinación, integración y complementariedad de las intervenciones con la atención especializada.
k)   Complementariedad y coordinación con los niveles de atención del Sistema Sanitario y con el conjunto de entidades que actúen en el ámbito de los Servicios Sociales y que incidan en la mejora de la situación de la persona, grupo o comunidad.
l)    Promoción de los canales de comunicación entre los diferentes Sistemas de Protección Social, agentes sociales e instituciones públicas o privadas que operen en el territorio, con el objeto de complementar la intervención a realizar por el Sistema Público de Servicios Sociales; todo ello sin perjuicio del cumplimiento de protocolos que se establezcan al efecto.
m)  Fomento de la participación social en el ámbito comunitario.
n)   Estudio y observación de la evolución y desarrollo de la realidad social, detectando áreas susceptibles de intervención, con el objeto de diseñar proyectos para la implantación de nuevas prestaciones u optimización de las ya existentes.
o)   Registro de datos para proveer al Sistema Público de Servicios Sociales de información objetiva que sirva para la planificación e intervención social.
p)   Cuantas les sean atribuidas o encomendadas por la normativa vigente.
 
 
CÓMO ESTÁN ORGANIZADOS
 
El Sistema Público de Servicios Sociales en nuestra Región, está definido territorialmente por el Mapa de Servicios Sociales.
 
Éste se estructura en Áreas y Zonas de Servicios Sociales y otros ámbitos territoriales para el desarrollo de determinadas prestaciones de atención especializada.
 
El Área de Servicios Sociales es la estructura territorial y organizativa para la coordinación de la Atención Primaria, así como para la planificación, desarrollo y evaluación de prestaciones  tanto de atención primaria como especializada, constituida por una zona o un conjunto de zonas.
 
La Zona de Servicios Sociales es la división territorial básica para la ordenación de los Servicios Sociales de Atención Primaria, y está constituida por un municipio o una agrupación de municipios.
 
Estas Zonas están adscritas a dos programas diferenciados, dependiendo del tamaño poblacional del municipio:
 
• Zonas de Plan Concertado, las constituyen municipios con una población superior a 3.500 habitantes y está conformada por un solo municipio, salvo algunas excepciones.
 
Los Ayuntamientos que conforman estas zonas suscriben con la Consejería de Bienestar Social un convenio en el marco del Plan Concertado.
 
El Plan Concertado es un plan estatal que se puso en marcha en el año 1988 por el entonces Ministerio de Asuntos Sociales con el fin de crear una  Red de Servicios Sociales de Atención Primaria, gestionada por las corporaciones locales, con el objeto de proporcionar a la ciudadanía servicios sociales adecuados que permitan la cobertura de sus necesidades básicas.
 
• Zonas del Programa Regional de Acción Social (PRAS), las constituyen municipios con una población inferior a 3.500 habitantes y está conformada por una agrupación de municipios.
 
El Programa Regional de Acción Social es un programa de la Comunidad Autónoma que se articuló en el año 1985, con el objeto de estructurar una Red de Servicios Sociales de Atención Primaria en el medio rural. 
El Programa consiste en la dotación de un Trabajador/a Social, personal contratado por la Consejería,  por zona de servicios sociales que atiende al conjunto de municipios que conforman la misma.
Posteriormente en el año 1999 con el objeto de dotar de otras profesionales que reforzarán la intervención de los Trabajadores/as Sociales en las Zonas PRAS se comenzaron a formalizar los Convenios Supramunicipales que agrupan a las zonas PRAS de un área de servicios sociales, que suscribe un ayuntamiento de los que conforman estas zonas. Al amparo de este convenio se contratan a Educadores/as Sociales y otros Trabajadores/as Sociales de apoyo que atienden al conjunto de zonas que engloban el área.
 
La prestación de los Servicios Sociales de Atención Primaria por las Corporaciones Locales se articula a través de convenios de colaboración en el marco del Decreto 87/2016,  por el que se unifica el marco de concertación con las Entidades Locales para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria en Castilla-La Mancha.
 
 
QUÉ PROFESIONALES CONFORMAN LOS EQUIPOS DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
 
Los Equipos de Servicios Sociales de Atención Primaria están formados principalmente por Trabajadores/as Sociales, Educadores/as Sociales y personal administrativo.
 
 
CUÁLES SON LOS EQUIPAMIENTOS DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA
 
• Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria es un equipamiento de titularidad y gestión pública, que constituye la estructura física, administrativa y técnica de las zonas de servicios sociales donde se facilita el acceso al Sistema Público de Servicios Sociales y se desarrollan las prestaciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
 
• Centro Coordinador de Servicios Sociales es un equipamiento de titularidad y gestión pública, que aporta la estructura física, administrativa y técnica del área de servicios sociales donde se desarrollan prestaciones de la Atención Primaria y, en su caso, de la Atención Especializada.
 
 
CÓMO DIRIGIRSE A ELLOS
 
Los Ayuntamientos y Centros Coordinadores de Servicios Sociales, disponen de la información sobre días y horarios de Atención del Trabajador/a Social de Atención Primaria que tiene establecido en cada uno de los municipios de la región.
 

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