Convocatoria de ayudas para las ADSGs 2016
La Dirección General de Agricultura y Ganadería ha aprobado la Resolución de 13/05/2016 por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2016 las ayudas reguladas por la Orden de 30/12/2014, de la Consejería de Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución de los programas de erradicación, control y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales y de identificación animal por parte de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha., con un presupuesto que asciende a 4.604.834,95€. De la cuantía máxima 446.828,00 euros irán destinados a programas de identificación bovina, ovina y caprina y 4.158.006,95 euros irán destinados a los Programas Nacionales de erradicación y control de enfermedades animales.
La finalidad de estas subvenciones es la financiación de las actividades de diagnóstico, vacunación y toma de muestras ejecutado por los veterinarios de las ADSGs, en cumplimiento de los Programas Nacionales de Erradicación y Vigilancia de enfermedades animales vigentes y las actuaciones ejecutadas en materia de identificación, ejecutadas por los ganaderos de las ADSGs, o técnico en quien delegue, y con la supervisión de los veterinarios de las ADSGs, siendo el plazo para la presentación de solicitudes hasta el 19 de junio de 2016.
Las solicitudes de ayuda se presentarán con firma electrónica a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
En el caso de unión de varias ADSG ya existentes, cuando no exista todavía resolución expresa de la nueva ADSG resultante deberán presentar solicitudes independientes, indicando en las mismas que están en espera de su reconocimiento. Una vez obtenida la resolución estimatoria, se les requerirá de oficio para que actualicen sus datos en una nueva solicitud, instruyendo y tramitándose a partir de entonces como una única solicitud, a los efectos de valoración y resolución de la ayuda. Tras el reconocimiento oficial de la nueva ADSG resultante, causarán baja las ADSG integrantes en esta unión, mientras que si fruto de esta unión resulta la ampliación de una ya existente, esta última no causará baja.
Las solicitudes se presentarán acompañadas del certificado que acredite la representación legal y del listado de socios de la ADSG según modelo establecido al efecto en la Resolución.
Las ADSGs solicitantes podrán presentar una mejora de la solicitud, en base al Artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cualquier momento del procedimiento previo a su Resolución.
Es importante remarcar que las actividades subvencionables deben ser realizadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre para poder optar a la ayuda. En el caso de la vacunación de lengua azul y de la compra de lectores el plazo de justificación es hasta el 15 de octubre, y en el caso de la vacunación de salmonelosis hasta el 17 de noviembre.
En estos últimos casos, deberá acreditarse mediante la presentación vía telemática, de la documentación justificativa, que consistirá en facturas expedidas a nombre de la ADSG, certificación de la vacunación y demás documentos justificativos del gasto realizado, así como la documentación acreditativa de los pagos realizados por la ADSG.
Hay que resaltar que en el programa de erradicación de brucelosis ovina-caprina se ha aumentado la cuantía por muestra analizada, pasando de hasta un máximo 0.64€, cantidad subvencionada en la pasada convocatoria a hasta un máximo de 0,70 € por muestra analizada de ovino-caprino.
Cumpliendo con la política de redimensionamiento de las ADSGs los importes unitarios de las actuaciones subvencionadas se pueden ver multiplicados hasta por 1,73 si se cumplen los requisitos de dimensionamiento, fusión y uso de la UGV de estas Agrupaciones.