Plan Específico de Medidas Antifraude de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural
El Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) dispone que los estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En cumplimiento de este mandato y, más concretamente, de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su condición de entidad ejecutora dentro del PRTR, ha elaborado, el Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha 8 de febrero de 2022. El contenido de este documento es de aplicación a todos los órganos directivos, unidades y personas intervinientes en la gestión y control de los subproyectos y actuaciones aprobados en el ámbito autonómico dentro de los distintos Componentes y Medidas del PRTR; y en el mismo se expone su estrategia de integridad pública y medidas de lucha contra el fraude.
La citada Orden HFP/1030/2021 y, en su cumplimiento, el apartado 4 del también citado Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, obligan a los Órganos Gestores, que en el caso de las Comunidades Autónomas son las Secretarías Generales de cada Consejería, a realizar una evaluación específica del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude, en el ámbito de gestión de los Órganos Ejecutores que se encuentren bajo su competencia, y a difundir y velar porque se apliquen todas las medidas específicas de prevención, detección, corrección y persecución en el marco de la ejecución de los subproyectos y actuaciones financiadas con fondos MRR. Estas medidas específicas son las que se recogen en el Plan Específico de Medidas Antifraude de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, aprobado por la Secretaría General de la citada Consejería. Su objeto es concretar en su ámbito de gestión las principales acciones que deben adoptarse para evitar el mal uso o el fraude en los recursos financieros del PRTR. Este plan específico será de aplicación exclusivamente a las actuaciones que lleve a cabo la Consejería para la ejecución de los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro de sus competencias y el mismo se configura como un instrumento vivo y flexible, en la medida en que se podrá ir modificando conforme puedan dictarse instrucciones, normativa o guías para la elaboración de estos planes de medidas antifraude, y estará en continua revisión con el conocimiento adquirido en su implementación para perfeccionar las actuaciones planteadas en la lucha contra el fraude.