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AYUDAS VEHÍCULOS EFICIENTES (PERSONAS FÍSICAS, AUTONOMOS Y PYMES)

Con fecha 24 de mayo de 2018, se ha publicado en el Diario oficial de Castilla-La Mancha núm. 101, la Orden 75/2018, de 8 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, destinadas a la mejora de la eficiencia energética mediante el uso de vehículos nuevos eficientes y la transformación del sistema motor a GLP, GNC, GNL o hidrógeno.
 
En este sentido, la Disposición final primera de la citada orden, faculta a la persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, para dictar cuantos actos e instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la misma, así como para la realización de las correspondientes convocatorias, si bien especificando que las convocatorias de ayudas de los programas y beneficiarios cofinanciables con cargo al Programa Operativo “Castilla-La Mancha FEDER 2014-2020”, en este caso, el Programa 1.A, relativo a la adquisición de vehículos nuevos eficientes impulsados por energías alternativas para entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Objetivo Especifico 4.5.1., deberán ser publicadas de manera diferenciada del resto de programas y beneficiarios regulados en la mencionada Orden 75/2018, de 8 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
 
Las propuestas de intervención se orientan a una mejora de la eficiencia energética y reducción de las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero en el parque de vehículos de las entidades locales territoriales de Castilla-La Mancha mediante el fomento y ayudas para la adquisición por parte de estas de vehículos eficientes destinados al uso público.
 
Asimismo con el objetivo de promover la actividad económica en aquellas zonas geográficas menos favorecidas y que atraviesan especiales dificultades económicas, se recoge un incremento de un 20%, en las cuantías de las ayudas, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha

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