Acuerdos del Consejo de Gobierno 27 de enero de 2026

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 27 de enero de 2026

ACUERDOS

NOMBRAMIENTO DE LA PERSONA QUE SUSTITUYE AL PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LA “FUNDACIÓN IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA” Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA.

Conforme al artículo 11 y 12 de los Estatutos de la Fundación se designó, al Secretario General de la Presidencia como uno de los cinco miembros que componen su patronato, otorgándole así mismo la condición de presidente del mismo, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de abril de 2026. Por la presente se propone la sustitución del presidente de la Fundación conforme al régimen de sustituciones establecido en los propios estatutos de la Fundación durante el tiempo que se encuentre en la situación de baja por enfermedad. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS REALIZADAS EN EJERCICIO DE LA HABILITACIONES AL CONSEJERO DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL PREVISTAS EN LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 6/2024.

El régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito se regula en el artículo 57 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Sin embargo, dicho régimen ha de entenderse matizado, para cada ejercicio, con las excepciones que establezcan las sucesivas leyes anuales de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. 

 

Para el presente ejercicio, las excepciones al régimen general de competencias en materia de modificaciones de crédito vienen establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025. 

 

Este artículo establece la obligación de dar cuenta al Consejo de Gobierno de las modificaciones presupuestarias que sean competencia del Consejo de Gobierno pero que, en ejercicio de las habilitaciones aludidas en dicho artículo, hayan sido autorizadas por el Consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.