Proyecto de Decreto del Registro de Profesionales Sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir en Castilla-la Mancha
La Consejería de Sanidad está tramitando el Proyecto de Decreto del Registro de Profesionales Sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir en Castilla-la Mancha.
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, regula su artículo 16 la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, como derecho al rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia, como decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización. En el apartado 2 de este artículo se establece que las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir.
Para tales fines, el proyecto normativo indicado crea y regula el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir en Castilla-La Mancha.
De conformidad con el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se publican las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos normativos. En esta página se puede consultar el estado de tramitación del proyecto normativo, así como los documentos que lo configuran.