25 de septiembre de 2024 Duración: 8 horas PROGRAMA INTRODUCCIÓN Y CALIDAD -Factores que afectan a la producción/recogida de propóleos -Control de calidad en el laboratorio -Buenas Prácticas Apícolas (BPA) con propóleos NORMATIVA Y COMERCIALIZACIÓN -Normativa de calidad del propóleos crudo: ISO 24381:2023 Bee propolis -Legislación de productos crudos y elaborados con propóleos -Procedimiento de autorización en España para la producción, recogida y/o elaboración de propóleos -Sistema gestión seguridad alimentaria: autocontrol (prerrequisitos, APPCC, GPCH) -Comercialización de productos con propóleos PRÁCTICAS -Elaboración de preparados cosméticos y alimenticios con propóleos: champú sólido, polvos pédicos, dentífrico, gominolas, etc. HORARIO Y LUGAR DE CELEBRACIÓN De 09:30 a 13:30 y de 15:00 a 19:00 Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo (CIAPA-IRIAF). Camino San Martín, s/n. 19180 MARCHAMALO (GUADALAJARA) PONENTE: Dr. Félix Adanero Jorge. Investigador Universidad de León. Funcionario Salud Pública Junta de Castilla y León. COORDINADORA: Ana María Aventín Puértolas. Tel. 949 888619. aaventin@jccm.es PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rurall de Guadalajara OficinasComarcalesAgrarias, CIAPA de Marchamalo Cualquier oficina de Registro Único , Registro Electrónico de la JCCM ó secretaria.ciapa@jccm.es, Hasta el día 2 de septiembre PARA PODER PARTICIPAR SERÁ NECESARIO ACREDITAR HABER REALIZADO PREVIAMENTE LA JORNADA PROPÓLEOS. OBTENCIÓN Y PROCESADO EN EL CIAPA DE MARCHAMALO INSCRIPCIÓN GRATUITA Máximo 15 participantes*
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Las especies exóticas invasoras (EEI) están consideradas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad a nivel mundial. Una EEI es “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética” tal y como lo recoge la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. OBJETIVO: Proporcionar conocimientos básicos para comprender las invasiones biológicas, así como sus impactos y soluciones para su gestión. DIRIGIDO A: profesionales cuyo ámbito laboral esté relacionado en alguna medida con las especies exóticas: personal que trabaja en viveros / tiendas de mascotas / criadores / centros veterinarios / servicios municipales / consultorías y empresas de servicios ambientales / Agentes medioambientales, etc… CONTENIDO: Tema 1.- Introducción a las invasiones biológicas Contenidos: invasiones biológicas. Conceptos generales y terminología específica. Mecanismos de introducción de las EEI: vías de entrada y vectores. Impactos ecológicos, socioenómicos y en la salud pública. Interacciones con otros motores del cambio global. Tema 2.- Instrumentos legales para gestionar las EEI. Contenidos: acuerdos y normativas internacionales en relación con las EEI. Normativa estatal y autonómica relacionada con las EEI. Competencias y responsabilidades administrativas en materia de gestión de EEI Requerimientos legales y dificultades detectadas en la normativa para gestionar las EEI. Tema 3.- Herramientas para prevenir y mitigar impactos. Contenidos: mecanismos de prevención; sistemas de información y redes globales; vigilancia y control de vías de entrada, análisis de riesgos, análisis de coste-beneficio, listas de referencia, códigos de buenas prácticas, información, sensibilización y concienciación pública, campañas y material educativos, voluntariado Sistemas de vigilancia: detección temprana, notificación y respuesta rápida. Sistemas de erradicación, contención y control. Tema 4. Situación de las EEI en Castilla-La Mancha Contenidos: diagnóstico de las EEI presentes en CLM, bases de datos y página web de referencia, situación de las EEI en los espacios protegidos de la región. Acciones emprendidas en la región para la lucha contra las EEI. MODALIDAD Y FECHA DE REALIZACIÓN: La formación se impartirá: parte de las plazas en la modalidad Presencial con algunas de ellas en la modalidad Telepresencial, a través de la herramienta WEBEX EVENT con una duración de 8 horas que se llevará a cabo en dos jornadas de 4 h cada una en horario de 9:30 horas a 13:30 horas. Jueves 19 de septiembre y viernes 20 de septiembre de 2024. Plazo de inscripción hasta el 16 de septiembre de 2024. INSCRIPCIÓN: Asistencia gratuita previa inscripción mandando al correo electrónico cursos_eenn@jccm.es la solicitud cumplimentada y firmada, que se encuentra disponible anexo en esta página. El enlace para asistir al curso se notificará, mediante email a la dirección de correo que nos haya facilitado, dos días antes de su celebración. Actividad financiada por FEADER Organiza: Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible. Email: cursos_eenn@jccm.es Impartido por: Graciela G. Nicola y Rocío A. Baquero Noriega (Profesores titulares de UCM y UCLM).
Las especies exóticas invasoras (EEI) están consideradas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad a nivel mundial. Una EEI es “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética” tal y como lo recoge la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. OBJETIVO: Proporcionar conocimientos básicos para comprender las invasiones biológicas, así como sus impactos y soluciones para su gestión. DIRIGIDO A: profesionales cuyo ámbito laboral esté relacionado en alguna medida con las especies exóticas: personal que trabaja en viveros / tiendas de mascotas / criadores / centros veterinarios / servicios municipales / consultorías y empresas de servicios ambientales / Agentes medioambientales, etc… CONTENIDO: Tema 1.- Introducción a las invasiones biológicas Contenidos: invasiones biológicas. Conceptos generales y terminología específica. Mecanismos de introducción de las EEI: vías de entrada y vectores. Impactos ecológicos, socioenómicos y en la salud pública. Interacciones con otros motores del cambio global. Tema 2.- Instrumentos legales para gestionar las EEI. Contenidos: acuerdos y normativas internacionales en relación con las EEI. Normativa estatal y autonómica relacionada con las EEI. Competencias y responsabilidades administrativas en materia de gestión de EEI Requerimientos legales y dificultades detectadas en la normativa para gestionar las EEI. Tema 3.- Herramientas para prevenir y mitigar impactos. Contenidos: mecanismos de prevención; sistemas de información y redes globales; vigilancia y control de vías de entrada, análisis de riesgos, análisis de coste-beneficio, listas de referencia, códigos de buenas prácticas, información, sensibilización y concienciación pública, campañas y material educativos, voluntariado Sistemas de vigilancia: detección temprana, notificación y respuesta rápida. Sistemas de erradicación, contención y control. Tema 4. Situación de las EEI en Castilla-La Mancha Contenidos: diagnóstico de las EEI presentes en CLM, bases de datos y página web de referencia, situación de las EEI en los espacios protegidos de la región. Acciones emprendidas en la región para la lucha contra las EEI. MODALIDAD Y FECHA DE REALIZACIÓN: La formación se impartirá: parte de las plazas en la modalidad Presencial con algunas de ellas en la modalidad Telepresencial, a través de la herramienta WEBEX EVENT con una duración de 8 horas que se llevará a cabo en dos jornadas de 4 h cada una en horario de 9:30 horas a 13:30 horas. Jueves 19 de septiembre y viernes 20 de septiembre de 2024. Plazo de inscripción hasta el 16 de septiembre de 2024. INSCRIPCIÓN: Asistencia gratuita previa inscripción mandando al correo electrónico cursos_eenn@jccm.es la solicitud cumplimentada y firmada, que se encuentra disponible anexo en esta página. El enlace para asistir al curso se notificará, mediante email a la dirección de correo que nos haya facilitado, dos días antes de su celebración. Actividad financiada por FEADER Organiza: Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible. Email: cursos_eenn@jccm.es Impartido por: Graciela G. Nicola y Rocío A. Baquero Noriega (Profesores titulares de UCM y UCLM).
Estado convocatoria: cerrado Plazo de ejecución: hasta el 31 de octubre de 2025 Plazo de presentación de justificación: hasta el 24 de noviembre de 2025. Instrucciones de justificación Forma de presentación: exclusivamente telemática desde www.jccm.es accediendo a ¿cómo van mis trámites?. OBJETO SUBVENCIONABLE Esta línea tiene por objeto facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire. ENTIDADES BENEFICIARIAS Personas físicas. Personas jurídicas privadas con ánimo de lucro. Entidades privadas sin ánimo de lucro. Agrupaciones de personas físicas, jurídicas o entidades privadas. Comunidades de bienes, sociedades civiles u otra unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica. En todos los casos, el potencial beneficiario ha de contar con trabajadores por cuenta ajena. No podrán acceder a la condición de beneficiarias las grandes empresas (aquellas que cuenten con 250 personas trabajadoras o más y tengan un volumen de negocios anual, igual o superior a 50 millones de euros o un balance general anual, igual o superior a 43 millones de euros). Tampoco aquellas empresas que se encuadren en los sectores expresamente relacionados en el artículo 1.1 del Reglamento (UE) nº2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023. REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS Los previstos en el artículo 4 de la Orden 64/2025, de 13 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura. A destacar: Ejercer su actividad o parte de la misma y realizar las actuaciones e inversiones objeto de subvención, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Contar, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de Castilla-La Mancha a la fecha de publicación de la respectiva convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución en la forma prevista en esta orden y legislación concordante. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. → Resto de requisitos: los fijados en el art. 4 de la orden de bases. GASTOS SUBVENCIONABLES Dentro de esta línea serán subvencionables los gastos de laboratorio de higiene industrial correspondientes al análisis de las muestras de las mediciones de la exposición personal de los trabajadores, así como el coste de los soportes de captación de dichas muestras. Se excluyen los gastos derivados de las evaluaciones vinculadas a requerimientos que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los técnicos habilitados de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha, hayan realizado con posterioridad al 1 de agosto del año anterior al de la publicación de la convocatoria. PLAZO DE SOLICITUD Del 3 de junio al 2 de julio, ambos inclusive. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN El 75% del coste de las inversiones o actuaciones subvencionables, sin que en ningún caso esta cuantía pueda superar los 3.000 euros por entidad beneficiaria. GASTO MÍNIMO SUBVENCIONABLE El gasto mínimo subvencionable será de 200 euros. Por debajo de dicha cantidad, el proyecto no será subvencionado. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Previa a la Resolución del Procedimiento se publicará con efectos de notificación, en el Tablón Electrónico de la JCCM la Propuesta de Resolución Provisional del órgano instructor concediendo a las entidades solicitantes un plazo de 15 días para formular alegaciones a la misma. Posteriormente, se elevará Propuesta de Resolución Definitiva a la Viceconsejera de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral quien dictará la Resolución de este Procedimiento. Por último, se notificarán las Resoluciones Individuales a cada una de las entidades, a través de la plataforma electrónica habilitada. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES SUBVENCIONABLES Desde el 1 de noviembre de 2024 hasta la fecha que se establezca en la resolución individual de concesión de cada beneficiario que no podrá exceder del 31 de octubre de 2025. Teniendo en cuenta que: La inversión puede ser previa a la publicación de la convocatoria en el DOCM; es decir, puede haberse realizado y pagado a partir del 1 de noviembre de 2024. Cada beneficiario tendrá una fecha límite de ejecución fijada en su resolución de concesión. Esta fecha no es común para todos los beneficiarios, sino que se especifica en dicha resolución, en función de la naturaleza de las inversiones o actuaciones solicitadas. De manera excepcional, previa aprobación por parte del órgano gestor, podría ampliarse el plazo de ejecución. En este supuesto, ha de consultarse la viabilidad de la ampliación del plazo al referido órgano gestor, que en ningún caso podrá ir más allá del año 2025. JUSTIFICACIÓN DE EJECUCIÓN Y PAGO DE LAS INVERSIONES SUBVENCIONADAS Hay que diferenciar dos situaciones en el plazo de justificación: Con carácter general, en el plazo de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión. Si a la fecha de la notificación de la resolución favorable el proyecto ya se hubiera ejecutado y las actuaciones realizadas ya se hubiesen abonado, deberá presentar la documentación justificativa en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación de la resolución de concesión. ABONO DE LA SUBVENCIÓN El abono de las subvenciones se realizará previa justificación por parte de la entidad beneficiaria de la ejecución y pago de las inversiones subvencionadas. Dicho pago será único y se efectuará mediante trasferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud. PREGUNTAS FRECUENTES ¿SE PUEDE PRESENTAR MÁS DE UNA SOLICITUD? No, solo se admitirá una única solicitud por entidad solicitante y línea de ayuda. En el caso de que se presenten varias solicitudes de las misma línea de ayuda, únicamente se tendrá en cuenta y valorará la última solicitud presentada. Por tanto, han de reunirse en una única solicitud por línea de ayuda todos los gastos subvencionables. ¿DÓNDE PUEDEN PRESENTARSE LAS SOLICITUDES? Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha) Al presentarse de esta forma, los documentos podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICITUD, ¿SE PUEDE APORTAR NUEVA DOCUMENTACIÓN AL EXPEDIENTE? Sí. Una vez presentada y registrada la solicitud, es posible aportar documentación adicional al expediente (presupuesto, documentación técnica de la inversión a realizar, etc.), bien porque sea requerido por el órgano gestor, bien a criterio del propio solicitante. Para ello, la entidad solicitante ha de acceder al expediente concreto en el Registro Electrónico de la JCCM, para la Consulta de Expediente y Presentación de Documentos Adicionales y aportando la documentación que proceda al expediente. No obstante, la documentación justificativa del pago de la inversión se realizará en los modelos normalizados previstos en la convocatoria, a través del trámite electrónico específico que se habilitará una vez resuelta la convocatoria y notificada la resolución favorable a la entidad beneficiaria. ¿DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES? Si necesita realizar alguna consulta o ampliar la información sobre la convocatoria de ayudas puede contactar con la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral a través de los siguientes medios: Enviando un e-mail a alguna de las direcciones siguientes: servicioprevencionriesgos@jccm.es viceconsejeria.economiaempresasempleo@jccm.es Mediante llamada telefónica a los números siguientes: 925 267 972 925 267 911 925 266 674
Estado convocatoria: abierto Plazo de presentación de solicitudes: desde el 24 de marzo hasta el 23 de abril de 2026. Forma de presentación: exclusivamente telemática desde Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha OBJETO SUBVENCIONABLE Esta línea tiene por objeto facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire. ENTIDADES BENEFICIARIAS Personas físicas. Personas jurídicas privadas con ánimo de lucro. Entidades privadas sin ánimo de lucro. Agrupaciones de personas físicas, jurídicas o entidades privadas. Comunidades de bienes, sociedades civiles u otra unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica. En todos los casos, el potencial beneficiario ha de contar con trabajadores por cuenta ajena. No podrán acceder a la condición de beneficiarias las grandes empresas (aquellas que cuenten con 250 personas trabajadoras o más y tengan un volumen de negocios anual, igual o superior a 50 millones de euros o un balance general anual, igual o superior a 43 millones de euros). Tampoco aquellas empresas que se encuadren en los sectores expresamente relacionados en el artículo 1.1 del Reglamento (UE) nº2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023. REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS Los previstos en el artículo 4 de la Orden 64/2025, de 13 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Programa Castilla-La Mancha Más Segura. A destacar: Ejercer su actividad o parte de la misma y realizar las actuaciones e inversiones objeto de subvención, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Contar, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de Castilla-La Mancha a la fecha de publicación de la respectiva convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución en la forma prevista en esta orden y legislación concordante. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. No haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la fecha de solicitud de la subvención. → Resto de requisitos: los fijados en el art. 4 de la orden de bases. GASTOS SUBVENCIONABLES Dentro de esta línea serán subvencionables los gastos de laboratorio de higiene industrial correspondientes al análisis de las muestras de las mediciones de la exposición personal de los trabajadores, así como el coste de los soportes de captación de dichas muestras. Se excluyen los gastos derivados de las evaluaciones vinculadas a requerimientos que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los técnicos habilitados de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha, hayan realizado con posterioridad al 1 de agosto del año anterior al de la publicación de la convocatoria. PLAZO DE SOLICITUD Del 24 de marzo al 23 de abril de 2026, ambos inclusive. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN El 75% del coste de las inversiones o actuaciones subvencionables, sin que en ningún caso esta cuantía pueda superar los 3.000 euros por entidad beneficiaria. GASTO MÍNIMO SUBVENCIONABLE El gasto mínimo subvencionable será de 200 euros. Por debajo de dicha cantidad, el proyecto no será subvencionado. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Previa a la Resolución del Procedimiento se publicará con efectos de notificación, en el Tablón Electrónico de la JCCM la Propuesta de Resolución Provisional del órgano instructor concediendo a las entidades solicitantes un plazo de 15 días para formular alegaciones a la misma. Posteriormente, se elevará Propuesta de Resolución Definitiva a la Viceconsejera de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral quien dictará la Resolución de este Procedimiento. Por último, se notificarán las Resoluciones Individuales a cada una de las entidades, a través de la plataforma electrónica habilitada. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS INVERSIONES SUBVENCIONABLES Desde el 1 de noviembre de 2025 hasta la fecha que se establezca en la resolución individual de concesión de cada beneficiario que no podrá exceder del 31 de octubre de 2026. Teniendo en cuenta que: La inversión puede ser previa a la publicación de la convocatoria en el DOCM; es decir, puede haberse realizado y pagado a partir del 1 de noviembre de 2025. Cada beneficiario tendrá una fecha límite de ejecución fijada en su resolución de concesión. Esta fecha no es común para todos los beneficiarios, sino que se especifica en dicha resolución, en función de la naturaleza de las inversiones o actuaciones solicitadas. De manera excepcional, previa aprobación por parte del órgano gestor, podría ampliarse el plazo de ejecución. En este supuesto, ha de consultarse la viabilidad de la ampliación del plazo al referido órgano gestor, que en ningún caso podrá ir más allá del año 2026. JUSTIFICACIÓN DE EJECUCIÓN Y PAGO DE LAS INVERSIONES SUBVENCIONADAS Hay que diferenciar dos situaciones en el plazo de justificación: Con carácter general, en el plazo de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión. Si a la fecha de la notificación de la resolución favorable el proyecto ya se hubiera ejecutado y las actuaciones realizadas ya se hubiesen abonado, deberá presentar la documentación justificativa en el plazo de los 15 días siguientes a la notificación de la resolución de concesión. ABONO DE LA SUBVENCIÓN El abono de las subvenciones se realizará previa justificación por parte de la entidad beneficiaria de la ejecución y pago de las inversiones subvencionadas. Dicho pago será único y se efectuará mediante trasferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud. PREGUNTAS FRECUENTES ¿SE PUEDE PRESENTAR MÁS DE UNA SOLICITUD? No, solo se admitirá una única solicitud por entidad solicitante y línea de ayuda. En el caso de que se presenten varias solicitudes de las misma línea de ayuda, únicamente se tendrá en cuenta y valorará la última solicitud presentada. Por tanto, han de reunirse en una única solicitud por línea de ayuda todos los gastos subvencionables. ¿DÓNDE PUEDEN PRESENTARSE LAS SOLICITUDES? Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha) Al presentarse de esta forma, los documentos podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. UNA VEZ PRESENTADA LA SOLICITUD, ¿SE PUEDE APORTAR NUEVA DOCUMENTACIÓN AL EXPEDIENTE? Sí. Una vez presentada y registrada la solicitud, es posible aportar documentación adicional al expediente (presupuesto, documentación técnica de la inversión a realizar, etc.), bien porque sea requerido por el órgano gestor, bien a criterio del propio solicitante. Para ello, la entidad solicitante ha de acceder al expediente concreto en el Registro Electrónico de la JCCM, para la Consulta de Expediente y Presentación de Documentos Adicionales y aportando la documentación que proceda al expediente. No obstante, la documentación justificativa del pago de la inversión se realizará en los modelos normalizados previstos en la convocatoria, a través del trámite electrónico específico que se habilitará una vez resuelta la convocatoria y notificada la resolución favorable a la entidad beneficiaria. ¿DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES? Si necesita realizar alguna consulta o ampliar la información sobre la convocatoria de ayudas puede contactar con el Instituto Regional de Seguridad y Salud Laboral a través de los siguientes medios: Enviando un e-mail a alguna de las direcciones siguientes: servicioprevencionriesgos@jccm.es Mediante llamada telefónica a los números siguientes: 925 267 972 (Línea 1 y Línea 4) 925 288 075 (Línea 2 y Línea 3)
Jueves 13 de junio y viernes 14 de junio de 2024. Las especies exóticas invasoras (EEI) están consideradas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad a nivel mundial. Una EEI es “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética” tal y como lo recoge la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. OBJETIVO: Proporcionar conocimientos básicos para comprender las invasiones biológicas, así como sus impactos y soluciones para su gestión. DIRIGIDO A: profesionales cuyo ámbito laboral esté relacionado en alguna medida con las especies exóticas: personal que trabaja en viveros / tiendas de mascotas / criadores / centros veterinarios / servicios municipales / consultorías y empresas de servicios ambientales / Agentes medioambientales, etc… CONTENIDO: Tema 1.- Introducción a las invasiones biológicas Contenidos: invasiones biológicas. Conceptos generales y terminología específica. Mecanismos de introducción de las EEI: vías de entrada y vectores. Impactos ecológicos, socioenómicos y en la salud pública. Interacciones con otros motores del cambio global. Tema 2.- Instrumentos legales para gestionar las EEI. Contenidos: acuerdos y normativas internacionales en relación con las EEI. Normativa estatal y autonómica relacionada con las EEI. Competencias y responsabilidades administrativas en materia de gestión de EEI Requerimientos legales y dificultades detectadas en la normativa para gestionar las EEI. Tema 3.- Herramientas para prevenir y mitigar impactos. Contenidos: mecanismos de prevención; sistemas de información y redes globales; vigilancia y control de vías de entrada, análisis de riesgos, análisis de coste-beneficio, listas de referencia, códigos de buenas prácticas, información, sensibilización y concienciación pública, campañas y material educativos, voluntariado Sistemas de vigilancia: detección temprana, notificación y respuesta rápida. Sistemas de erradicación, contención y control. Tema 4. Situación de las EEI en Castilla-La Mancha Contenidos: diagnóstico de las EEI presentes en CLM, bases de datos y página web de referencia, situación de las EEI en los espacios protegidos de la región. Acciones emprendidas en la región para la lucha contra las EEI. MODALIDAD Y FECHA DE REALIZACIÓN: La formación se impartirá: parte de las plazas en la modalidad Presencial con algunas de ellas en la modalidad Telepresencial, a través de la herramienta WEBEX EVENT con una duración de 8 horas que se llevará a cabo en dos jornadas de 4 h cada una en horario de 9:30 horas a 13:30 horas. Jueves 13 de junio y viernes 14 de junio de 2024. Plazo de inscripción hasta el 6 de junio de 2024. INSCRIPCIÓN: Asistencia gratuita previa inscripción mandando al correo electrónico cursos_eenn@jccm.es la solicitud cumplimentada y firmada, que se encuentra disponible anexo en esta página. El enlace para asistir al curso se notificará, mediante email a la dirección de correo que nos haya facilitado, dos días antes de su celebración. Actividad financiada por FEADER Organiza: Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible. Email: cursos_eenn@jccm.es Impartido por: Graciela G. Nicola y Rocío A. Baquero Noriega (Profesores titulares de UCM y UCLM).
Jueves 13 de junio y viernes 14 de junio de 2024. Inscripción hasta el 6 de junio de 2024. Las especies exóticas invasoras (EEI) están consideradas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad a nivel mundial. Una EEI es “aquella que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética” tal y como lo recoge la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. OBJETIVO: Proporcionar conocimientos básicos para comprender las invasiones biológicas, así como sus impactos y soluciones para su gestión. DIRIGIDO A: profesionales cuyo ámbito laboral esté relacionado en alguna medida con las especies exóticas: personal que trabaja en viveros / tiendas de mascotas / criadores / centros veterinarios / servicios municipales / consultorías y empresas de servicios ambientales / Agentes medioambientales, etc… CONTENIDO: Tema 1.- Introducción a las invasiones biológicas Contenidos: invasiones biológicas. Conceptos generales y terminología específica. Mecanismos de introducción de las EEI: vías de entrada y vectores. Impactos ecológicos, socioenómicos y en la salud pública. Interacciones con otros motores del cambio global. Tema 2.- Instrumentos legales para gestionar las EEI. Contenidos: acuerdos y normativas internacionales en relación con las EEI. Normativa estatal y autonómica relacionada con las EEI. Competencias y responsabilidades administrativas en materia de gestión de EEI Requerimientos legales y dificultades detectadas en la normativa para gestionar las EEI. Tema 3.- Herramientas para prevenir y mitigar impactos. Contenidos: mecanismos de prevención; sistemas de información y redes globales; vigilancia y control de vías de entrada, análisis de riesgos, análisis de coste-beneficio, listas de referencia, códigos de buenas prácticas, información, sensibilización y concienciación pública, campañas y material educativos, voluntariado Sistemas de vigilancia: detección temprana, notificación y respuesta rápida. Sistemas de erradicación, contención y control. Tema 4. Situación de las EEI en Castilla-La Mancha Contenidos: diagnóstico de las EEI presentes en CLM, bases de datos y página web de referencia, situación de las EEI en los espacios protegidos de la región. Acciones emprendidas en la región para la lucha contra las EEI. MODALIDAD Y FECHA DE REALIZACIÓN: La formación se impartirá: parte de las plazas en la modalidad Presencial con algunas de ellas en la modalidad Telepresencial, a través de la herramienta WEBEX EVENT con una duración de 8 horas que se llevará a cabo en dos jornadas de 4 h cada una en horario de 9:30 horas a 13:30 horas. Jueves 13 de junio y viernes 14 de junio de 2024. Plazo de inscripción hasta el 6 de junio de 2024. INSCRIPCIÓN: Asistencia gratuita previa inscripción mandando al correo electrónico cursos_eenn@jccm.es la solicitud cumplimentada y firmada, que se encuentra disponible anexo en esta página. El enlace para asistir al curso se notificará, mediante email a la dirección de correo que nos haya facilitado, dos días antes de su celebración. Actividad financiada por FEADER Organiza: Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible. Email: cursos_eenn@jccm.es Impartido por: Graciela G. Nicola y Rocío A. Baquero Noriega (Profesores titulares de UCM y UCLM).
El Plan de Seguridad y Salud a que se refiere la consulta se regula en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, cuyo artículo 7 dispone lo siguiente (el resaltado es nuestro): “1. En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución de los niveles de protección previstos en el estudio o estudio básico. En el caso de planes de seguridad y salud elaborados en aplicación del estudio de seguridad y salud las propuestas de medidas alternativas de prevención incluirán la valoración económica de las mismas, que no podrá implicar disminución del importe total, de acuerdo con el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 5. 2. El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra. En el caso de obras de las Administraciones públicas, el plan, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración pública que haya adjudicado la obra. Cuando no sea necesaria la designación de coordinador, las funciones que se le atribuyen en los párrafos anteriores serán asumidas por la dirección facultativa. 3. En relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere este artículo constituye el instrumento básico de ordenación de las actividades de identificación y, en su caso, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva a las que se refiere el capítulo II del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 4. El plan de seguridad y salud podrá ser modificado por el contratista en función del proceso de ejecución de la obra, de la evolución de los trabajos y de las posibles incidencias o modificaciones que puedan surgir a lo largo de la obra, pero siempre con la aprobación expresa en los términos del apartado 2. Quienes intervengan en la ejecución de la obra, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la misma y los representantes de los trabajadores, podrán presentar, por escrito y de forma razonada, las sugerencias y alternativas que estimen oportunas. A tal efecto, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de los mismos. 5. Asimismo, el plan de seguridad y salud estará en la obra a disposición permanente de la dirección facultativa”. Dicho precepto no establece un plazo concreto para la aprobación del citado Plan, únicamente indica que deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, y que, en el caso de que se trate de obras adjudicadas por una Administración Pública, el plan (que deberá ir acompañado del informe del coordinador en materia de seguridad y de salud) deberá ser aprobado por esta. A falta de regulación, dentro de los modelos de PCAP, aprobados por Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital por la que se aprueba la modificación de los modelos de pliegos actualmente vigentes, que son de uso obligatorio para todos los órganos de contratación del sector público regional que, a efectos de la legislación aplicable, tienen la consideración de Administraciones Públicas, se encuentra el relativo a contratos de obras adjudicados por procedimiento abierto (en adelante, PCAP), que se refiere a la tramitación de la aprobación del Plan en su cláusula 28.4. Es preciso recordar, como repetidamente ha indicado la doctrina y jurisprudencia y así ha sido expuesto en varias de nuestras consultas- véase, por ejemplo, la consulta 074/2022-, que "el pliego es ley del contrato". Los pliegos constituyen el documento que contiene la totalidad de las cláusulas que van a regir el contrato administrativo, así como los derechos y obligaciones que corresponde a cada una de las partes del mismo. Vinculan a las licitadoras que deseen participar en el correspondiente procedimiento de contratación, pero también al órgano de contratación. Ambos están sujetos a lo que disponga el pliego, siempre y cuando no esté incurso en algún vicio constitutivo de causa de nulidad de pleno derecho. La cláusula 28.4 del PCAP regula los plazos en que debe ser entregado y aprobado el Plan de seguridad y salud en el trabajo, así como el plazo en que debe emitirse el informe de la persona encargada de la coordinación de seguridad y salud, y el de alegaciones de la contratista, indicando, finalmente, que la aprobación en ningún caso debe ser superior a un mes: “28.4. Plan de seguridad y salud en el trabajo. Antes del inicio de la obra la adjudicataria deberá presentar ante la Administración en el plazo de quince días naturales a contar desde la formalización del contrato, un Plan de Seguridad y Salud de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. La persona encargada de la coordinación de seguridad y salud informará en el plazo de siete días naturales sobre la procedencia de su aprobación y, en caso negativo, indicará los puntos que deben corregirse, para lo que se asignará un plazo acorde con la importancia de las correcciones, nunca superior a siete días naturales. En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. (…)”. Este plazo máximo de aprobación es coherente con el que establece el PCAP en su cláusula 28.2 para la firma del acta de comprobación del replanteo: 28.2. Comprobación del replanteo. La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo, que se realizará en el plazo máximo de un mes, salvo casos excepcionales justificados, desde la fecha de la formalización del contrato o, en su caso, desde la aprobación del proyecto de desarrollo de la solución variante. Este plazo es, a su vez, conforme con el que fija la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), para firmar el acta de comprobación del replanteo en su artículo 237: “La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo. A tales efectos, dentro del plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser superior a un mes desde la fecha de su formalización salvo casos excepcionales justificados, el servicio de la Administración encargada de las obras procederá, en presencia del contratista, a efectuar la comprobación del replanteo hecho previamente a la licitación, extendiéndose acta del resultado que será firmada por ambas partes interesadas, remitiéndose un ejemplar de la misma al órgano que celebró el contrato”. Así pues, el PCAP, haciendo uso de la posibilidad que recoge la LCSP, ya ha consignado el plazo en el que debe realizarse el acta de comprobación del replanteo: máximo un mes. Ya no es necesario que en el contrato se refleje esta cuestión, pues ya viene determinada en el pliego: Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos (cláusula 2 del PCAP); en cualquier caso, en el supuesto de que se indicara el plazo para la firma del acta de comprobación del replanteo, deberá ser, en todo caso, el mismo que el que refleja el PCAP, ya que el documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos (artículo 35.2 de la LCSP). Tal y como señala el artículo 140.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: El acta de comprobación del replanteo reflejará la conformidad o disconformidad del mismo respecto de los documentos contractuales del proyecto, con especial y expresa referencia a las características geométricas de la obra, a la autorización para la ocupación de los terrenos necesarios y a cualquier punto que pueda afectar al cumplimiento del contrato. Asimismo, el acta de replanteo debe reflejar que se ha aprobado el Plan de seguridad y salud en el trabajo correspondiente a la obra en cuestión. Este plan es vital para garantizar la protección y el bienestar de todos los trabajadores durante el desarrollo de la construcción; su inclusión en el acta deja constancia de que ha sido aprobado antes del inicio de la obra, pues esta comienza una vez firmada aquella. De acuerdo con lo expuesto, y como conclusión, podemos indicar lo siguiente: El modelo de PCAP para contratos de obras adjudicados por procedimiento abierto ya establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 237 de la LCSP, el plazo para la firma del acta de comprobación del replanteo: máximo un mes. En el caso de que el contrato que se formalice recoja también esta cuestión, deberá ser conforme con lo que figure en el pliego, sin que pueda establecerse un plazo distinto para la firma del acta. Lo anterior no obsta a que el acta pueda realizarse antes de dicho plazo máximo, siempre que se puedan constatar todas las circunstancias que se deben incluir en aquella, entre ellas, la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo, cuya tramitación, tal y como hemos indicado, se regula en el cláusula 28.4 del PCAP. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Dentro del programa municipal Toledo comunitario que impulsa procesos de convivencia, dialogo y transformación en los barrios y la ciudad de Toledo se crearon las Mesas de Salud. Tras unos diagnósticos iniciales se va hacia el diseño de una estrategia comunitaria que cuente con todos los agentes de salud para mejorar la calidad de vida de los barrios En el casco histórico de Toledo es necesario afrontar retos importantes como envejecimiento activo, alimentación saludable y prevención de obesidad infantil, salud mental, hábitos de vida y tratamiento de diversas dependencias, la soledad no deseada, así como la necesidad de protocolos de actuación en la atención a las personas con discapacidad desde la infancia. Se ha avanzado en la implementación de la Receta Sociosanitaria, las Rutas Saludables y una nueva estrategia para un mayor aprovechamiento de espacios y recursos del barrio. Han participado profesionales del Centro de Salud, del Centro de Mayores, farmacias, Cáritas Diocesana, Cruz Roja, MPDL, Fundación Sociosanitaria de CLM, Centro de la Mujer, Servicios Sociales y el área de urbanismo del Ayuntamiento. Entrada libre hasta completar aforo.
Esta jornada tiene como objetivo informar sobre la importancia de la salud mental, presentar datos sobre la situación actual en España, compartir herramientas de prevención y dar a conocer las acciones que realiza OCU en esta materia. Se presentarán datos sobre la salud mental antes, durante y después de la pandemia, así como un resumen de las acciones de OCU en materia de salud mental y se ofrecerán consejos y herramientas para prevenir problemas de salud mental, especialmente en jóvenes, y se abordará el impacto de las redes sociales y las TIC en la salud mental y la imagen corporal. La charla será conducida por Lucía San Miguel, psicóloga, y por Itziar Fernández de la Cruz, delegada de la OCU en Castilla-La Mancha. Entrada libre hasta completar aforo.
El Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha nos ofrece una charla-coloquio por el Día Mundial de la Salud Mental, con distintos profesionales expertos en la materia. El Día Mundial de la Salud Mental se celebra cada 10 de octubre. Este año el lema es “Compartimos vulnerabilidad, defendamos nuestra salud mental”. La campaña se centra en visibilizar los efectos psicológicos que provocan las emergencias y catástrofes sobre la salud mental individual y colectiva. Terremotos, inundaciones, incendios, erupciones volcánicas (catástrofes como la DANA, el terremoto de Lorca o el volcán de la Palma) o conflictos bélicos dejan tras de sí no sólo daños materiales, sino también profundas heridas emocionales. Todas las personas somos vulnerables frente a las múltiples crisis y emergencias que atraviesan el mundo, y cualquiera puede ver afectada su salud mental. Entrada libre hasta completar aforo.
Expedientes 2025 EXPTE 2025/017441#001 Reforma y adecuación del centro de visitantes y oficinas "Sierra de las Cabras" en Nerpio (Albacete) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/012298#001 Obras de reforma y ampliación del Centro de Salud de La Pueblanueva (Toledo) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/012833 Obras de reforma y adecuación de la instalación de protección contra incendios en la Residencia de Mayores “Las Pocitas del Prior” de Puertollano (Ciudad Real) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/011023 Obra de reforma y ampliación del Centro de Salud de Talayuelas (Cuenca) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/011827#001 Contrato de obras de la 1º fase de la reforma integral de la residencia de mayores "Núñez de Balboa" ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/010146 Restauración ecológica de ecosistemas forestales en la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha. ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/007048#001 Contratación del plan funcional, plan de espacios, proyecto básico; así como, del proyecto de ejecución y estudio de seguridad y salud correspondientes a la obras necesarias para la integración de la actividad de los Hospitales Virgen del Valle, Provincial de Toledo y la Unidad de Cirugía Mayor Ambulatoria en el Hospital Universitario de Toledo. ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/010574 SSCC-Redac.proy Ejecución a partir de Básico. Construcción del nuevo I.E.S.O. "Amalia Avia" (nº 3) de 20+0 UDS. + SS.CC. en C/ Retamas de OCAÑA (Toledo) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/007110 Obra Construcción del C.E.I.P. Margarita Salas Falgueras" (nº 2) de 3+6 uds.+ss.cc. (fase 1) en Camino Cabañuelas de OLÍAS DEL REY (Toledo) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/006717 Ejecución de las obras de reforma de las cubiertas de los edificios del Instituto de Ciencias de la Salud, en la Av. de Madrid s/n, de Talavera de la Reina, Toledo ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/005609 Obras de ampliación y reforma del Centro de Salud Cuenca II (Cuenca). ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/004936 Obra de construcción de una helisuperficie en la localidad de Las Mesas (Cuenca). ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/005645 Construcción edificio talleres de ciclos formativos profesionales de las familias de electricidad-electrónica y mecanizado del IES Juan Bosco _ALCAZAR DE SAN JUAN (CR) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/004786 Obras de construcción de un recurso formado por cuatro unidades de convivencia para personas con discapacidad intelectual en Cuenca ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/004328 Obra de terminación de la ampliación del CEIP Maestra Teodora de Marchamalo (GU) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/000948 Musealización del centro de interpretación del Patrimonio Cultura de la reserva de la biosfera de la Mancha húmeda en el Parque Natural de las Lagunas del Ruidera ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/000953 Obra de reforma y ampliación del Centro de Salud de Talayuelas (Cuenca) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/000979 Obras de construcción del nuevo Centro de Salud de Carrión de Calatrava (Ciudad Real) ____________________________________________________________________________________________ EXPTE 2025/002390 Obras de reforma del Centro Regional de Menores y Jóvenes “ALBAIDEL” en Albacete ____________________________________________________________________________________________